Permiso Ambiental Sectorial: PAS 150

De conformidad a lo preceptuado por el artículo 81 letra d) de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, que otorga facultades al Servicio de Evaluación Ambiental para uniformar criterios, exigencias técnicas y procedimientos de carácter ambiental, a continuación se presentan hipervínculos con documentos de apoyo proporcionados por el organismo sectorial competente, para dar cumplimiento a los requisitos exigidos en el artículo 150 del RSEIA. 

En relación a los contenidos solicitados en el literal a.2 del artículo 150 del RSEIA, sobre declaratoria de interés nacional, se sugiere consultar el ORD N°375/2014 y la Resolución N° 319/2014, de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), que instruyen respecto del procedimiento de declaratoria de interés nacional para proyectos presentados en el contexto del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Ord 375-2014_Res 319-2014 CONAF.pdf

En relación a los contenidos solicitados en los literales b) y e) del artículo 150 del RSEIA, sobre la justificación del carácter de imprescindible de la intervención o alteración y el informe de experto que señale las medidas para asegurar la continuidad de las  especies con problemas de conservación afectadas, se sugiere consultar el sitio web CONAF “Art. 19° Ley N° 20.283 del Bosque Nativo”, sección documentos Formulario C, titulado “Análisis de solicitud de intervención o alteración excepcional del artículo 19° de la ley 20.283”.

Link CONAF:

http://www.conaf.cl/nuestros-bosques/evaluacion-ambiental/art-19-ley-n-20-283/